CONCEJO LA DORADA


Quienes somos

Artículo 312 Constitución Política de Colombia:

En cada municipio habrá una corporación administrativa elegida popularmente para períodos de cuatro (4) años que se denominará concejo municipal, integrado por no menos de siete, ni más de veintiún miembros según lo determine la ley, de acuerdo con la población respectiva. La ley determinará las calidades, inhabilidades e incompatibilidades de los concejales y la época de sesiones ordinarias de los concejos. Los concejales no tendrán la calidad de empleados públicos. La ley podrá determinar los casos en que tengan derecho a honorarios por su asistencia a sesiones. Su aceptación de cualquier empleo público, constituye falta absoluta.

Misión

El Concejo Municipal de La Dorada – Caldas, como Corporación político – administrativa, tiene como misión el debido ejercicio del control político en las actuaciones de la Administración Municipal, contribuir a la consolidación de una verdadera democracia, siendo incluyente y participativa, vocera y representante de la comunidad y sus actuaciones se regirán bajo los principios de transparencia, responsabilidad, imparcialidad, tolerancia, respeto y el cumplimiento de la Constitución y las leyes

Visión

El Concejo Municipal de La Dorada – Caldas, se posicionará para el año 2024, como una de las principales Corporaciones político – administrativas del país, por su enfoque democrático, participativo e incluyente y al ser uno de los gestores principales del desarrollo del Municipio